Amnistía Internacional entrega firmas que exigen la pronta aprobación de Ley de Identidad de Género

Activistas de Amnistía Internacional acudieron al Congreso Nacional para entregar casi cuatro mil firmas que solicitan la urgente aprobación del proyecto de ley que reconoce y protege el derecho a la identidad de género.  Esto, en el contexto de la campaña “Mi identidad no se TRANSa”, cuyo objetivo ha sido visibilizar las vulneraciones que sufren a diario las personas transgénero y exigir una ley que esté en línea con los tratados internacionales de derechos humanos.

Actualmente en Chile al no contar con un reconocimiento legal de las personas trans, nos encontramos frente a un Estado que dictamina quién es cada persona, pues no considera la percepción que ella tiene sobre su género y con qué barreras denigrantes debe lidiar cotidianamente”, menciona Ana Piquer, directora ejecutiva de Amnistía Internacional Chile.

Para Amnistía Internacional, el reconocimiento legal de las personas trans debe ser mediante procedimientos sencillos, claros y transparentes, al tiempo que se preserve el derecho a la intimidad. Por supuesto, dicho reconocimiento debe basarse única y exclusivamente en la percepción que la persona tenga de sí misma respecto a su identidad de género, sin que importe la opinión de terceros.

“El Estado de Chile debe garantizar que las personas trans obtengan documentos que reflejen su identidad de género sin tener que cumplir requisitos que supongan en sí mismos una violación a sus derechos humanos. Por lo tanto, el reconocimiento legal no debe depender de diagnósticos psiquiátricos, tratamientos médicos, estado civil o edad”, menciona Lorna González, activista por los derechos de la diversidad sexual y de género de Amnistía Internacional Chile.

Es sabido que en diferentes espacios, como los establecimientos educacionales o en los lugares de trabajo, las personas transgénero suelen ser discriminadas a causa de los prejuicios y los estereotipos de género masificados que derivan de ideas estandarizadas de masculinidad y feminidad. Si bien tal discriminación se produce independientemente de que las personas trans cuenten con documentos que reflejen su identidad de género, no tenerlos puede

exponerlas aún más a discriminación a la hora de presentar un documento cuyos indicadores de género no se corresponden con su identidad.

“Es lamentable y vergonzoso que- a más de 4 de tramitación en el Congreso- la ley de identidad de género aún no sea aprobada. Los parlamentarios y parlamentarias deben saber que esta indolente e injusta demora legislativa ha significado que cada día que pasa es una oportunidad más para la vejación y la discriminación hacia las personas trans”, menciona Lorna González.

Además de la entrega de firmas se enviará a Fidel Espinoza, presidente de la Cámara de Diputados, y a los jefes de bancadas una carta con los estándares mínimos en materia de derechos humanos que debe considerar la Ley de identidad de Género.

Revisar Estándares mínimos que Amnistía Internacional considera que la ley de identidad de género debe garantizar para que esté en línea con los derechos humanos.

Más información

La Corte Interamericana de Derechos Humanos recientemente ha dictado una importante opinión consultiva ordenando garantizar los derechos de las personas de la diversidad sexual en Costa Rica y en todos los Estados que reconocen la competencia de dicha Corte, mandato que incluye también a Chile. Sobre la posibilidad de que las personas cambien su nombre en los registros oficiales según “la identidad de género autopercibida”, la Corte determinó que los países deben garantizar un trámite expedito para que las personas que deseen corregir “la anotación del género” lo hagan mediante un procedimiento confidencial enfocado a la adecuación integral de la identidad de género auto-percibida y basado únicamente en el consentimiento libre e informado del solicitante, esto sin que se exijan requisitos como certificaciones médicas y/o psicológicas u otros que puedan resultar irrazonables o patologizantes.

La Corte afirmó, además, que ‘‘el reconocimiento de la identidad de género por el Estado resulta de vital importancia para garantizar el pleno goce de los derechos humanos de las personas trans’’. Esto incluye, entre otros derechos, la protección contra todas las formas de violencia, la tortura y malos tratos, así como la garantía del derecho a la salud, a la educación, al empleo, la vivienda, acceso a la seguridad social, así como el derecho a la libertad de expresión, y de asociación.