Amnistía Internacional reitera que la pena de muerte nunca es aceptable

En relación a las declaraciones de un diputado de la República que ha planteado la necesidad de extender la sanción de la pena de muerte en nuestra legislación (ya presente para algunos delitos), el director de Amnistía Internacional Chile ha dicho:

“Recordamos que de acuerdo a lo señalado por órganos de tratados internacionales de derechos humanos, los Estados no pueden establecer la pena de muerte para delitos respecto a los cuales ya la ha derogado”.

“Además, la pena de muerte es el exponente máximo de pena cruel, inhumana y degradante. Amnistía Internacional se opone a la pena de muerte en todos los casos sin excepción, independientemente de quién sea la persona acusada, de la naturaleza o las circunstancias del delito, de su culpabilidad o inocencia y del método de ejecución”.

A propósito de los dichos del diputado, queremos recordar que también en este tema la propuesta de nueva Constitución implica un avance importante en materia de derechos humanos. Mientras que el art. 19 N°1 de la Constitución de 1980 establece la posibilidad que se contemple a través de una ley de quórum calificado, en el caso de la nueva Constitución, el art. 21 prohíbe tajantemente la pena de muerte. Ello implicaría un gran avance civilizatorio pues nos dejaría finalmente entre los países abolicionistas de la pena de muerte”. 

Desde Amnistía Internacional recordamos que la pena de muerte es una pena irreversible en la que se pueden cometer errores; está demostrado que no disuade contra el crimen; suele emplearse en el mundo en sistemas de justicia poco imparciales, de forma discriminatoria y muchas veces para castigar a opositores políticos.

Enlaces de interés:

Informe Pena de Muerte 2021/22: La pena de muerte en 2021: Datos y cifras – Amnistía Internacional (amnesty.org)