Caso Iglesia: Un juicio injusto que debe anularse

Por Valentina Ballesta, investigadora para Sudamerica de Amnistía Internacional

Mañana martes 7 de agosto se dará a conocer la decisión de la Corte de Apelaciones de Temuco sobre la nulidad del juicio de dos personas que fueron condenadas por la quema de una iglesia en Padre las Casas. Estamos expectantes a ver que la decisión permita a los comuneros mapuche, Pablo y Benito Trangol, acceder a un juicio justo. Pues, lamentablemente, el juicio al que ellos fueron sometidos, según Amnistía Internacional, no lo fue.

Son varias las razones que justifican esto y la explicación detallada será expuesta en un informe que publicaremos el jueves 9 de agosto. Sin embargo, nos parece importante destacar un punto crucial que transforma el juicio en injusto. Los dos hermanos Trangol fueron condenados con una sola prueba: el testimonio de testigos con identidad reservada, respecto de quienes las defensas sólo conocieron sus iniciales.

Los testigos con identidad reservada han sido cuestionados en múltiples ocasiones desde una perspectiva de derechos humanos, incluyendo una condena a Chile por parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Esto porque impide a la defensa realizar preguntas relacionadas con la posible enemistad, prejuicio y confiabilidad del testigo, así como otras que permitan argumentar que la declaración es falsa o equivocada. Es decir, los abogados no tienen cómo saber qué preguntar si no saben quién es el testigo. Por ello, en caso de ser necesario usarlos de manera excepcional, es fundamental que se establezcan salvaguardas que contrapesen esta afectación al derecho de la defensa, entre ellas, que una condena nunca pueda basarse de manera exclusiva o principal en el testimonio de un testigo anónimo.

Además, según se supo durante el juicio, estas personas no reconocieron a los condenados en el momento de los hechos, sino al día siguiente, cuando los vieron en imágenes de prensa siendo detenidos como sospechosos. Esta detención fue declarada ilegal por el propio Tribunal Oral en lo Penal de Temuco, que excluyó toda prueba obtenida a partir de dicha detención. Es decir, el reconocimiento se hizo porque los vieron en el contexto de la detención, lo cual puede inducir las percepciones de “culpabilidad” de los testigos y además en una detención ilegal que nunca debió haber existido.

La sociedad chilena y en especial las personas afectadas por los hechos ocurridos en la iglesia tienen derecho a que se investigue lo que sucedió y se lleve a los responsables a la justicia con las debidas garantías. Un juicio injusto y una condena basada en ese juicio injusto no le sirve a nadie. Lo que está en juego no es solo el derecho a la igualdad ante la ley y a un juicio justo de los hermanos Trangol. Lo que está en juego es la confianza que los Tribunales deben inspirar en una sociedad democrática, defendiendo el debido proceso legal en todos los casos y sin discriminación.