COREA DEL SUR: TRIUNFO PARA LOS OBJETORES DE CONCIENCIA EN LA VISTA DE APELACIÓN

800px-seoul-national_assembly-01El gobierno surcoreano debe tomar nota de la importante sentencia dictada por un tribunal en apelación y dejar de penalizar a los objetores de conciencia; así lo ha afirmado hoy Amnistía Internacional.

Los magistrados del tribunal de apelación de Gwangju, en el suroeste de Corea del Sur, revocaron los fallos condenatorios dictados contra dos objetores de conciencia, Cho Rak-hoon y Kim Hyung-geun. Es la primera vez que un tribunal de apelación revoca las declaraciones de culpabilidad en un caso sobre objeción de conciencia.

“El tribunal de apelación ha transmitido el mensaje inequívoco de que la objeción de conciencia no es delito. El gobierno debe actuar en consecuencia con el fallo judicial y dejar de castigar a los jóvenes que se niegan a realizar el servicio militar por motivos de conciencia”, ha dicho Hiroka Shoji, investigadora de Amnistía Internacional sobre Asia Oriental.

“Corea del Sur debería haber dispuesto hace tiempo una alternativa al servicio militar que respete la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión.”

Los jóvenes fueron condenados a 18 meses de prisión por negarse a realizar el servicio militar en los juicios originales, celebrados en junio de 2015 y mayo de 2016, respectivamente. Además, el tribunal de apelación desestimó las peticiones de la fiscalía para que declarase culpable a un tercer objetor de conciencia, Kim Hye-min, que había sido declarado inocente en su juicio inicial, celebrado en mayo de 2015.

En Corea del Sur hay más personas encarceladas por motivos de objeción de conciencia que en el resto de los países del mundo juntos: al menos 399 hombres, la mayoría de edades comprendidas entre 20 y 24 años, están en prisión actualmente. El gobierno sigue sin cumplir las normas internacionales al negarse a introducir un verdadero servicio civil alternativo al servicio militar obligatorio.

Está previsto que el Tribunal Constitucional decida en breve si la ley que penaliza la objeción de conciencia viola la Constitución del país.