¿Covid-19(84)? Seguridad, tecnologías de vigilancia y derechos humanos

Escrito por Alberto Mazzuca y Daniel Rivera M. (activistas de Amnistía Internacional).

La propagación del Covid-19 está alterando dramáticamente nuestra vida cotidiana, viéndose afectada la integridad de los derechos humanos. Por el momento los gobiernos han respondido basándose en el principio: situaciones excepcionales requieren medidas excepcionales.

Dentro de este delicado contexto, la decisión de utilizar tecnologías de vigilancia para prevenir y rastrear la propagación del virus ha suscitado la preocupación de la sociedad civil organizada de la región latinoamericana y del mundo, incluyendo a Amnistía Internacional. Se teme un uso innecesario, desproporcionado y poco transparente de estas tecnologías, y que su control pueda extenderse más allá de la actual emergencia sanitaria. Incluso hay quienes advierten de un posible control asfixiante como el visto en el libro “1984” de George Orwell con el personaje Gran Hermano.

Como organización de derechos humanos nos preguntamos: ¿cómo organizar tecnologías de gestión de crisis de salud que protejan a la sociedad sin socavar nuestros derechos y libertades? ¿Qué consecuencias negativas puede tener una mala gestión de estas herramientas para el pleno goce de nuestros derechos humanos a mediano y largo plazo?

En el mes de abril el Gobierno de Chile lanzó CoronApp, aplicación para celulares que tiene como finalidad contribuir a prevenir contagios de coronavirus. De inmediato se detectaron problemas de privacidad en esta app dado lo poco transparente de sus condiciones de uso y la falta de seguridad de que los datos recabados no pudiesen ser utilizados por terceras personas  (o por el mismo gobierno) para usos que atenten contra los derechos humanos. En comparación tenemos lo sucedido en Reino Unido, en donde la aplicación que el gobierno de ese país quería sacar al público fue cancelada en medio de cuestionamientos de parte de organizaciones que defienden los derechos humanos, entre ellas Amnistía Internacional, en torno a la acumulación de datos y los riesgos a la privacidad que significaba. El gobierno de ese país decidió finalmente pasar de una estrategia de acumulación centralizada de datos hacia una descentralizada mediante el uso de herramientas de Apple y Google, lo que otorgaría mayor privacidad en el uso de los datos. En el caso de Chile y la CoronApp no se tuvo esta discusión abiertamente.

Un caso similar a lo sucedido en Reino Unido se dio en Noruega, en donde el gobierno detuvo la utilización de su aplicación para trazabilidad del Covid-19 pocas horas antes de que Amnistía Internacional publicara su análisis acerca del peligro a la privacidad de aplicaciones de trazabilidad de contactos (entre ellas, la de Noruega) y después de que la organización compartiera sus hallazgos con autoridades Noruegas y con la agencia de protección de datos de ese país.

En cuanto a los planes futuros La Moneda ha declarado que se planea utilizar tecnología GPS para controlar el cumplimiento de la cuarentena. Al ser consultados por la protección de los datos que se recolectarían, el Ejecutivo afirmó que no había ningún peligro ya que la recolección de datos sería anónima. Sin embargo, este tipo de declaraciones sin garantías reales de cumplimiento no son suficientes. 

Los ejemplos detallados anteriormente dan cuenta de cuánto han avanzado los Estados en materia de vigilancia, recolectando datos de la población para tener más control sobre ella. Un ejemplo de ello es la ley de que moderniza el Sistema de Inteligencia en Chile, que en su estado actual no contempla un control judicial fuerte, como es el caso en la ley actual, sobre las autoridades de Gobierno que decidan recolectar datos, dejando a su discreción la decisión de recolectar información de un individuo o grupo de personas, lo cual ha sido expuesto por Amnistía Internacional.

El uso de las tecnologías de vigilancia en el contexto de pandemia presenta altos riesgos para los derechos digitales y libertades individuales. Los ejemplos anteriores muestran que Chile podría caer en estos riesgos. De no ponerse límites claros a los Estados en la obtención y utilización de datos personales, la abrumadora capacidad de manejo de datos de estas redes permitiría un nivel de vigilancia en tiempo real sin precedentes que facilitaría el control de la población. Es necesario profundizar con el estudio y evaluación de impacto en los derechos humanos, ya que la efectividad de estas tecnologías para combatir el virus sigue siendo incierta. Sin embargo, una cosa es cierta: las normas internacionales de derechos humanos siguen en vigor.

Según la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, las medidas adoptadas por los Estados deben respetar los requisitos de legalidad, necesidad, proporcionalidad  y temporalidad. A estos requisitos también se debe agregar transparencia y control por parte de autoridades reguladoras independientes, sujetas a reflexión ética constante, no discriminatoria y respetuosa de los derechos fundamentales. El despliegue de tecnologías digitales de trazabilidad de contactos debe seguir los principios éticos enunciados por la Organización Mundial de la Salud. Además, la colaboración de privados para estas iniciativas debe basarse en la ley y analizarse de acuerdo con los principios rectores sobre las empresas y DDHH de las Naciones Unidas. La recopilación, agregación y conservación de datos personales, incluidos los relativos a la salud, tiene como único fin responder a la pandemia y no debe utilizarse con fines comerciales ni de otra índole. Por último, todo uso de tecnologías de vigilancia digital debe tener en cuenta el riesgo de discriminación y perjuicio para las personas que viven en la pobreza o en poblaciones marginadas, cuyas necesidades pueden quedar ocultas o mal representadas en los macroconjuntos de datos. No podemos dejar que la pandemia aumente aún más la brecha existente en el disfrute de los derechos humanos entre distintos grupos de la sociedad.

Consideramos que si estos preceptos fueran aplicados en su conjunto, se resguardaría la salud pública y los derechos humanos, alejando al mismo tiempo los temores de que la vigilancia y rastreo del virus se convierta en vigilancia de la población que socave los derechos humanos.