Jordania vota la abolición de la ley que permitía que los violadores evitaran ser castigados casándose con la víctima

Ante la noticia de que la Cámara Baja del Parlamento del Reino Hachemí de Jordania votó el lunes 1 de agosto la abolición del artículo 308 del Código Penal, que permitía que los perpetradores de violencia sexual evitaran ser castigados casándose con la víctima, Samah Hadid, directora de Campañas para Oriente Medio de Amnistía Internacional, ha declarado:

“La votación para abolir esta repugnante ley es un paso en la dirección correcta del reino de Jordania pendiente desde hace mucho tiempo. Ahora instamos a la Cámara Alta del Parlamento y al rey Abdalá II a que aprueben inmediatamente la votación y confirmen el compromiso del país con la igualdad de género.

“Aunque esto ofrece un atisbo de esperanza muy necesario para los derechos de las mujeres de la región, aún queda mucho camino que recorrer. Otros países deben seguir el ejemplo inmediatamente y abolir estas leyes absurdas. Líbano votará en breve la abolición de su propia versión de la ley, el artículo 522. Instamos a los legisladores libaneses a que tomen la decisión correcta.”

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El artículo 308 establecía que los cargos de violación podían retirarse si se presentaba un contrato de matrimonio válido entre el violador y su víctima, y el matrimonio hubiera durado como mínimo tres años.

La votación se ha producido tras una intensa campaña de activistas de los derechos de las mujeres y de la sociedad civil de Jordania

El domingo 20 de julio de 2017, los y las activistas de los derechos de las mujeres del reino de Jordania celebraron también la reforma del artículo 98, que deja de ser menos estricto con los perpetradores de homicidios en nombre del “honor” si concurren “circunstancias atenuantes”.

Tras su aprobación final, Jordania se uniría a Túnez, Marruecos y Egipto, que han abolido artículos similares de sus respectivos Códigos Penales.

Los grupos libaneses que defienden los derechos de las mujeres siguen haciendo campaña para abolir el artículo 522, que absuelve a los perpetradores de delitos como la violación, el secuestro y la violación de una persona menor de edad si se casan con la víctima.