LA PENA MÁXIMA: ARABIA SAUDÍ AUMENTA LAS DECAPITACIONES EN EL REINO

Sevag Kechichian, investigador de Amnistía Internacional sobre Arabia Saudí

Ministry of the InteriorEn las imágenes de vídeo granuladas de una ejecución pública realizada este año en Arabia Saudí se ve a una mujer en el suelo suplicando por su vida ante su verdugo. Un hombre vestido de blanco levanta una espada en el aire. Las imágenes consternaron al mundo y fueron un aleccionador recordatorio del compromiso inquebrantable del reino con la pena capital.

En el informe de Amnistía Internacional sobre la pena de muerte en el mundo en 2014, publicado el 1 de abril de 2015, Arabia Saudí vuelve a situarse entre los cinco Estados que llevaron a cabo el mayor número de ejecuciones en el mundo. En 2014, al menos 90 personas fueron ejecutadas en el reino. Y, en lo que va de año, las autoridades van bien encaminadas para superar ese índice anual de ejecuciones: al menos 54 en el primer trimestre de 2015.

La mayoría de las condenas a muerte en Arabia Saudí se realizan por decapitación, a menudo en público. Este truculento método de ejecución ha llevado a los medios de comunicación a establecer paralelismos con las decapitaciones perpetradas por el grupo armado “Estado Islámico” en Siria e Irak.

Pero las autoridades saudíes defienden a ultranza su uso de la pena capital argumentando que, a diferencia de los actos brutales del tristemente célebre grupo armado, las ejecuciones que ellas sancionan son actos de justicia, realizados de conformidad con la tradición islámica y la ley islámica –llamada sharia– y sólo después de aplicar las normas más estrictas sobre juicios justos.

Pero, ¿eso es verdad? ¿Las ejecuciones de 2014 sostienen tal aseveración? La respuesta es que no, y los expertos de la sharia estarían de acuerdo.

Para empezar, el Tribunal Supremo de Arabia Saudí, en una declaración fechada el 17 de febrero de 2015, confirmó que se puede dictar sentencia –incluso de muerte, en cuyo caso la pena queda a la discreción del juez (los delitos relacionados con drogas se incluyen en esta categoría)– aun cuando no se pueda demostrar fuera de toda duda razonable que el sospechoso ha cometido el delito. Al parecer, a un juez le basta con la sospecha para ordenar que se ponga fin a la vida de alguien.

Con arreglo al derecho internacional, sólo está permitido imponer la pena de muerte por “los más graves delitos”. Sin embargo, en Arabia Saudí, la mitad de las ejecuciones anunciadas en 2014 y en lo que va de 2015, fueron por delitos sin resultado de muerte, que no entran en esta categoría.

En 2014, la inmensa mayoría de las ejecuciones por delitos no letales que se llevaron a cabo en Arabia Saudí estaban relacionadas con drogas –incluida la posesión de drogas–; hubo el caso excepcional de una persona ejecutada por actos de “brujería” y “hechicería”, que no son delitos comunes reconocibles con arreglo al derecho internacional de los derechos humanos.

De acuerdo con la ley islámica, que se deriva del Corán y de la palabra y obra del profeta Mahoma, y que a su vez constituye la base de la Constitución de Arabia Saudí, ciertos delitos son punibles con la muerte. Los delitos relacionados con drogas no se mencionan en estas fuentes. Tampoco se mencionan métodos específicos de ejecución, como la decapitación, como castigo para los delitos.

Un examen más atento de un caso, la ejecución de cuatro hombres jóvenes tras un juicio defectuoso, permite darse cuenta de lo profundamente problemático que es en realidad el uso de la pena capital por parte de Arabia Saudí.

La mañana del 18 de agosto de 2014 se llevó a cabo la ejecución de dos parejas emparentadas de hermanos en la ciudad de Najran, en el suroeste del país, después de que los cuatro fueran declarados culpables de “recibir grandes cantidades de hachís”. Todos habían denunciado que se habían utilizado “confesiones” obtenidas mediante tortura para condenarlos, pero sus denuncias fueron ignoradas.

A pesar de los llamamientos desesperados de última hora de miembros de su familia, las ejecuciones se llevaron a cabo. Familiares que habían solicitado a Amnistía Internacional su ayuda para detener las ejecuciones recibieron, a las pocas horas, una llamada de representantes del Ministerio del Interior saudí que les advertían que dejaran de relacionarse con la organización.

Ni las denuncias de que los cuatro hombres habían sido torturados ni la incapacidad de las autoridades para demostrar que en efecto eran culpables de tráfico de drogas los salvaron de la espada.

En ausencia de pruebas fiables para declararlos culpables de tráfico de drogas, el juez modificó el cargo y los declaró culpables de “recibir” grandes cantidades de drogas. Ninguno de los cargos se ajusta a la definición de “los más graves delitos” que establece el derecho internacional.

Este no es, ni mucho menos, un caso aislado. El 27 de mayo de 2014, cuando se condenó a muerte Ali al Nimr por delitos cometidos cuando era menor de edad, el juez no tuvo en cuenta sus denuncias de tortura ni el hecho de que su “confesión” no parecía escrita por él. Al parecer, también pasó por alto el hecho de que a Ali no se le había permitido ver a un abogado en ningún momento. El derecho internacional de los derechos humanos prohíbe estrictamente ejecutar a personas por delitos cometidos cuando eran menores de edad.

Arabia Saudí alega que se respetan las más elevadas normas procesales en el uso de la pena capital y califica de amenaza para el islam a quienes piden su abolición o restricción, entre ellos Amnistía Internacional y otras organizaciones, ya que intentan convencer a los saudíes de que renuncien a la ley islámica.

Ese discurso de las autoridades no sólo es rigurosamente falso, sino que fomenta peligrosas confusiones y antagonismos entre los saudíes respecto a los derechos humanos, al derecho internacional y a Occidente.

Las autoridades saudíes deben dejar de engañar a la población sobre la pena de muerte, reconocer de una vez por todas que es un castigo cruel e inhumano que vulnera el derecho a la vida y tomar medidas encaminadas a su abolición completa.