Perú: Amnistía Internacional expresa su preocupación ante la ONU por las consecuencias que el indulto y el derecho de gracia concedidos a Alberto Fujimori tendrán sobre los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia y las reparaciones

El Consejo de Derechos Humanos aprueba el resultado del examen periódico universal de Perú

Amnistía Internacional expresa su satisfacción por las recomendaciones que ha aceptado el gobierno de Perú,[1] pero manifiesta su preocupación por los graves reveses que los derechos humanos han experimentado en el país.

El 24 de diciembre de 2017, en contra de las recomendaciones del EPU[2] y de las promesas voluntarias formuladas por Perú al presentar su candidatura a las elecciones al Consejo de Derechos Humanos de 2018[3], el presidente Pedro Pablo Kuczynski concedió el indulto al expresidente Alberto Fujimori, condenado en 2009 a 25 años de prisión por crímenes de lesa humanidad, así como el derecho de gracia, que extinguía todos los procesos penales que se seguían contra él. Esta medida tiene graves consecuencias para el derecho de las víctimas de crímenes de derecho internacional y de violaciones graves de derechos humanos a verdad, justicia y reparación.

Incluso concedido por razones humanitarias, un indulto constituiría también un incumplimiento de las obligaciones internacionales de Perú en caso de que impidiera el cumplimiento efectivo de las penas de personas declaradas culpables de violaciones graves de derechos humanos o de crímenes de derecho internacional.

Amnistía Internacional acoge con beneplácito la reciente decisión de la Sala Penal Nacional de no aplicar la media de gracia presidencial y continuar con el procesamiento de Fujimori por el asesinato de seis campesinos. La aplicación de la medida de gracia habría equivalido a una amnistía y constituido un incumplimiento de las obligaciones internacionales de Perú.

Perú no ha garantizado que los pueblos indígenas expuestos a metales tóxicos, especialmente en Cuninico y Espinar, tengan acceso a servicios adecuados de atención de la salud.

Amnistía Internacional acoge con satisfacción que Perú haya aceptado las recomendaciones de garantizar los derechos humanos de los pueblos indígenas y proporcionar servicios adecuados de atención de la salud y reparaciones a las comunidades indígenas afectadas por las industrias extractivas.[4]

Perú debe elaborar y aplicar de inmediato planes de atención urgente de la salud para abordar los efectos para la salud de la exposición a metales tóxicos en las comunidades indígenas, y debe investigar la causa de la contaminación de las fuentes de agua en Cuninico y Espinar a fin de controlarla y contenerla.

Amnistía Internacional ve también con preocupación el aumento de los índices de embarazo de adolescentes y de la violencia sexual contra las niñas y las mujeres. El aborto sigue estando penalizado, incluso en los casos de malformación severa o mortal del feto o violencia sexual.

La organización celebra que Perú haya aceptado las recomendaciones para garantizar a las sobrevivientes de violencia sexual el acceso a aborto legal y seguro,[5] y para investigar de forma efectiva los casos de esterilizaciones forzadas y brindar compensaciones a las víctimas.[6]

Perú debe revocar toda la legislación que penaliza el aborto y garantizar los derechos a la verdad, la justicia y la reparación de las miles de mujeres que fueron sometidas a esterilización forzada.

Información complementaria

El Consejo de Derechos Humanos de la ONU aprobó el resultado del examen periódico universal de Perú el 15 de marzo de 2018, en su 37º periodo de sesiones. Amnistía Internacional presentó oralmente esta declaración con anterioridad a la aprobación del informe del examen citado. La organización hizo también una aportación a los datos que sirvieron de base al examen presentando información sobre el país: https://www.amnesty.org/es/documents/amr46/6624/2017/es/

[1] A/HRC/37/8/Add.1, Informe del Grupo de Trabajo sobre el Examen Periódico Universal, Perú, Adición, Observaciones sobre las conclusiones y/o recomendaciones, compromisos voluntarios y respuestas del Estado examinado, 28 de febrero de 2018.

[2] A/HRC/37/8, recomendaciones 111.75 (Azerbaiyán), 111.76 (Alemania), 111.77 (Ecuador), 111.78 (Francia), 111.97 (Argentina).

[3] A/72/362. Carta de fecha 24 de agosto de 2017 dirigida a la Presidencia de la Asamblea General por el Representante Permanente del Perú ante las Naciones Unidas. https://undocs.org/es/A/72/362

[4] A/HRC/37/8, recomendaciones 111.46 (Sierra Leona), 111.157 (Estado de Palestina 111.92, 111.159, 111.160 (República Bolivariana de Venezuela), 111.162 (Países Bajos), 111.165 (Costa de Marfil), 111.167 (Egipto), 111.171 (Grecia), 111.173 (India), 111.174 (Irak), 111.179 (Japón), 111.180 (Madagascar).

[5] A/HRC/37/8, recomendaciones 111.95 (Eslovenia), 111.96 (Suiza), 111.98 (Canadá), 111.99 (Finlandia), 111.102 (Islandia).

[6] A/HRC/37/8, recomendación 111.97 (Argentina).