SUDÁN DEL SUR: UN AÑO DESPUÉS DEL ACUERDO DE PAZ, LA JUSTICIA SIGUE FUERA DEL ALCANCE DE LAS VÍCTIMAS

UnionAfricanaAIChileLa reanudación de la violencia pone de relieve la urgencia de hacer rendir cuentas a los responsables de los crímenes de derecho internacional cometidos durante el conflicto armado de Sudán del Sur, han declarado hoy Amnistía Internacional y la Federación Internacional de los Derechos Humanos (FIDH), un año después de que se alcanzase un inestable acuerdo de paz.

El acuerdo se firmó el 17 de agosto de 2015 en la capital etíope, Addis Abeba, y exige que la Unión Africana (UA) establezca un tribunal híbrido para Sudán del Sur que investigue y juzgue a presuntos autores de genocidio, crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad desde que comenzó el conflicto en diciembre de 2013.

“La reanudación de la violencia el mes pasado pone de relieve la necesidad de la rendición de cuentas por los terribles crímenes cometidos y debe impulsar, y no debilitar, la búsqueda de la justicia”, dijo Elizabeth Deng, investigadora de Amnistía Internacional sobre Sudán del Sur.

“La Unión Africana debe dejar de dar largas y tomar medidas concretas para crear el tribunal, lo que incluye recoger y preservar inmediatamente las pruebas, antes de que se pierdan y de que se desvanezcan los recuerdos de los testigos sobre lo sucedido.”

Desde que se firmó el acuerdo, la UA y las autoridades de Sudán del Sur han hecho pocos avances en la creación del tribunal. Mientras tanto, han continuado las hostilidades, que se han intensificado recientemente, empeorando más la situación de los derechos humanos para millones de personas sursudanesas.

Durante los recientes combates entre las fuerzas armadas del gobierno y las de la oposición, y después de ellas, la población civil ha sido una vez más víctima de homicidios, violaciones y otras formas de violencia sexual, y se han saqueado y destruido sus bienes.

“El reciente estallido de los combates en Juba y otros lugares es sólo el último de un ciclo de violencia alimentado por la impunidad. Será difícil alcanzar una paz sostenible si no se hace nada para garantizar la rendición de cuentas por los delitos graves cometidos”, afirmó Sheila Muwanga, vicepresidenta de la FIDH.

“La Unión Africana debe empezar a dialogar con los sursudaneses, incluida la sociedad civil, para determinar el estatuto, el reglamento, la sede y el personal del tribunal.”

Las organizaciones han reiterado que todos los presuntos responsables penales de crímenes de derecho internacional cometidos durante el conflicto de Sudán del Sur deben responder de ellos ante la justicia en juicios con las debidas garantías sin recurso a la pena de muerte.

También han pedido a la UA que garantice que el tribunal cumple las normas internacionales sobre imparcialidad procesal, se basa en las mejores prácticas de otros tribunales híbridos y ad hoc, cuenta con ciudadanos y ciudadanas sursudaneses entre su personal, prevé la participación de las víctimas en todas las fases de las actuaciones y garantiza la protección de víctimas y testigos.

Información complementaria

La Comisión de Investigación de la Unión Africana sobre Sudán del Sur (AUCISS) recomendó en su informe final, publicado en septiembre de 2015, la creación de “un mecanismo judicial encabezado por África, propiedad de África y dotado de recursos de África, bajo los auspicios de la Unión Africana y con el apoyo de la comunidad internacional, sobre todo de la ONU, para que quienes tienen la máxima responsabilidad rindan cuentas al máximo nivel”, añadiendo que “este mecanismo deberá incluir a miembros de la judicatura y la abogacía sursudaneses.”

Los jefes de Estado y de gobierno del Consejo de Paz y Seguridad de la UA (PSC) acordaron posteriormente la creación del tribunal. En un comunicado de septiembre de 2015, el PSC pidió a la presidencia de la Comisión de la AU que “adopte todas las medidas necesarias para el establecimiento del Tribunal Híbrido para Sudán del Sur, lo que incluye facilitar unas directrices generales sobre la ubicación del Tribunal, su infraestructura, mecanismos de financiación y aplicación, jurisprudencia aplicable, el número y la composición de la judicatura, los privilegios y las inmunidades del personal del Tribunal y cualquier otro asunto conexo.”