Turquía: El bloqueo masivo de redes sociales y sitios de noticias es un ataque frontal contra la libertad de expresión

Tras conocerse la decisión de un tribunal de Ankara de bloquear 136 direcciones web, incluida la del sitio web de noticias independiente Bianet.org, Milena Buyum, responsable de campañas sobre Turquía en Amnistía Internacional, ha declarado:

“Esta escandalosa decisión es el ataque frontal más reciente contra el derecho a la libertad de expresión en Turquía e indica la intensificación de una situación de censura que ya era restrictiva”.

“En una sola resolución, el tribunal de Ankara ha bloqueado más de cien direcciones web sin justificar la necesidad o la proporcionalidad de la medida. Uno de los afectados es Bianet, uno de los pocos portales de noticias independientes que quedaban en Turquía, que siguió informando audazmente de abusos contra los derechos humanos durante la represión de los medios de comunicación.

“Esta decisión debe revocarse y las autoridades turcas deben poner fin a su asfixiante represión de las voces independientes, cada vez más escasas”.

Información complementaria:

Algunas de las direcciones web afectadas por la decisión ya estaban bloqueadas, como la de geziyisavunuyoruz.org, que informó sobre el juicio del parque Gezi iniciado el 24 de junio de 2019.

Bianet.org es uno de los escasos sitios de noticias independientes que quedaban en Turquía que también seguía informando de violaciones de derechos humanos. La decisión bloquea el acceso a todo el sitio web.

Bianet.org, que ha sido informada hoy de la resolución judicial, dijo a Amnistía Internacional que está preparando un recurso.

La decisión del tribunal se basa en la Ley de Regulación de Publicaciones en Internet y Represión de Delitos Cometidos por medio de Dicha Publicación (conocida como Ley de Internet de Turquía, Ley núm. 5651), concretamente en su artículo 8.A, que permite el bloqueo de sitios web por razones como la protección del derecho a la vida y la seguridad de las personas y bienes, la seguridad nacional y el orden público; la prevención de delitos o la protección de la salud general a petición de los ministerios pertinentes o de la Presidencia. Sin embargo, la decisión no ofrece justificación alguna que explique de qué forma es aplicable esta disposición a cualquiera de las direcciones afectadas.