Con ocasión de la consulta regional realizada en Chile por el Relator Especial de las Naciones Unidas, Clément Nyaletsossi Voule, Amnistía Internacional y el Centro de Derechos Humanos de la Universidad Diego Portales le invitaron a dialogar junto a académicos/as, expertos/as y sociedad civil en la conferencia: “Chile, derecho a la protesta. Lecciones aprendidas y desafíos pendientes”. La actividad tuvo por objetivo exponer herramientas técnicas y prácticas específicas para ayudar a las fuerzas del orden a promover y proteger los derechos humanos en el contexto de las protestas pacíficas.
“La fuerza no debería ser usada por el Estado en respuesta a las personas que están ejerciendo sus derechos fundamentales, como es el derecho de reunión pacífica. El uso de la fuerza sólo estará justificado en ocasiones excepcionales y específicas de acuerdo con los estándares internacionales de derechos humanos, y deben cumplir con los requisitos de legalidad, necesidad y proporcionalidad. El rol de los agentes estatales no es limitar o controlar, sino facilitar la protesta pacífica y permitir que las personas disfruten libremente de sus derechos fundamentales. Para que las personas puedan ejercer libremente y de forma segura su derecho de reunión es importante cambiar la narrativa sobre la protesta. Los Estados deben reconocer y respetar la protesta como una herramienta democrática vital para promover los derechos humanos y generar cambios hacia una sociedad mejor para todos”, expresó Clement Voule, relator especial de Naciones Unidas por el derecho a reunión pacífica y asociación.
Es sabido que hace más de tres años que Chile vivió una oleada de protestas masivas que fueron violentamente reprimidas, en lo que se conoció como “estallido social”. Estas graves y generalizadas violaciones de derechos humanos deben ser investigadas y sancionadas incluyendo a toda la línea de mando. A su vez, en las últimas semanas, el país ha sufrido importantes retrocesos en materia de derechos humanos, en particular con la aprobación de la ley Nain Retamal que podría incrementar los abusos policiales y la impunidad.
“La ocasión en que nos reunimos a reflexionar sobre el derecho a la protesta es muy especial para Chile, y requiere mucha lucidez y coraje intelectual mirar todas las aristas que rodean este tema”, manifestó el decano de la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales, Jaime Couso. “Estamos en tiempos constituyentes y no podemos ignorar la relación histórica entre las protestas de 2019 y el inicio del proceso constituyente (…) Tampoco podemos ignorar que tras tres años y medio, la protesta se encuentra hoy cuestionada, pero también en que debe seguirse planteando la responsabilidad penal, administrativa y política del mando de las Fuerzas de Orden en las violaciones a los Derechos Humanos, en contextos de represión”.
“Hoy corresponde actuar con determinación para acabar con la impunidad, pues tan solo un 0,1 por ciento de las denuncias ha terminado en sentencias condenatorias. Sin embargo, es necesario además no olvidar la relevancia que tiene el derecho a la protesta, por ejemplo, en la lucha por cambios sociales y erradicar todas las barreras que existen para que las personas puedan ejercer su legítimo derecho a protestar de manera pacífica”, menciona Rodrigo Bustos, director de Amnistía Internacional Chile.
En Chile, la Constitución garantiza el derecho a reunirse pacíficamente sin permiso previo y sin armas, y dispone que las reuniones en las plazas, calles y demás lugares de uso público, se regirán por las disposiciones generales de la policía. Sin embargo, en la práctica según el Decreto Ley 1.086 de 1983 esto se debe notificar con anticipación a las autoridades, quienes pueden impedir que se celebre la reunión o manifestación e incluso disolverlas. Esto no sólo contradice la Constitución del país sino también es incompatible con el derecho internacional que rige la libertad de reunión pacífica. La exigencia de una autorización —incluso cuando se le denomina “notificación”— convierte el ejercicio del derecho a la libertad de reunión pacífica en un privilegio, advirtió ya en 2015 el informe del Relator Especial sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación al realizar su misión a Chile.
Es necesario que el Estado de Chile avance en esta materia y promulgue una ley que regule el derecho de reunión para evitar que la autorización de las manifestaciones quede a discreción de las autoridades de turno.
Además, sigue siendo imprescindible reformar la institución de Carabineros de Chile para que las policías cumplan sus labores de la manera más efectiva posible, incluyendo el control del orden público en el marco de las manifestaciones sociales, haciendo uso proporcional de la fuerza según las normas internacionales y distinguiendo en todo momento a quienes se manifiestan de manera pacífica y quienes no. Por cierto, si se producen violaciones de derechos humanos, las autoridades deben garantizar una investigación exhaustiva e imparcial y que se repare adecuadamente a las víctimas.
“Estamos en un periodo de amenazas a los derechos humanos y en particular al ejercicio del derecho a la protesta. La visita del relator nos recuerda que no solo tenemos que esforzarnos por no retroceder sino que también debemos avanzar al cumplimiento de los estándares internacionales referente al derecho de manifestación, el cual es clave para el ejercicio de múltiples otros derechos fundamentales”, concluye Rodrigo Bustos.
Más información:
Acá se puede revisar la conferencia internacional: ‘Chile, derecho a la protesta. Lecciones aprendidas y desafíos pendientes’ en la que participó el relator con las organizaciones de la sociedad civil: https://www.youtube.com/watch?