Un joven iraní que va a ser ahorcado el 19 de febrero ha ofrecido un desgarrador relato de cómo, siendo adolescente, las autoridades lo torturaron durante 97 días para hacerle “confesar” un delito antes de condenarlo a muerte.
En una carta que ha escrito a Amnistía Internacional, Saman Naseem, que tiene ahora 22 años, cuenta que lo encerraron en una celda de dos metros de largo por medio de ancho y lo torturaron constantemente hasta hacerle poner la huella dactilar en un documento de “confesión” con los ojos vendados. Lo obligaron a admitir los actos en virtud de los cuales fue declarado culpable de pertenencia a un grupo armado de oposición y de alzarse en armas contra el Estado. Es ese momento tenía 17 años.
“Cuesta creer que las autoridades iraníes se dispongan a ejecutar a un joven que cuando tenía 17 años fue torturado durante 97 días para obligarlo a ‘confesar’ –ha manifestado Hassiba Hadj Sahraoui, directora adjunta del Programa de Amnistía Internacional para Oriente Medio y el Norte de África–. Queda menos de una semana, así que no hay tiempo que perder. Es preciso detener de inmediato la ejecución de Saman y revisar exhaustivamente su caso.”
“Así es el sistema de justicia penal de iraní, que hace burla de su afirmación de que no ejecuta a personas menores de edad en el momento del delito y cumple con las obligaciones que ha asumido en virtud de la Convención de los Derechos del Niño.”
En la carta, Saman cuenta:
“En esos primeros días, el nivel de tortura fue tan alto que no podía caminar. Tenía todo el cuerpo negro y azul. Me colgaban de las manos y de los pies durante horas. Llevaba los ojos vendados todo el tiempo en los interrogatorios. No veía a los interrogadores y torturadores.”
“Me dijeron reiteradamente que habían detenido a miembros de mi familia, incluidos mi padre, mi madre y mi hermano. Me dijeron que me matarían allí mismo y cubrirían mi tumba con cemento. Cuando quería dormir por la noche, hacían ruido con cosas distintas para no dejarme descansar, golpeando constantemente la puerta. Estuve en un estado entre la locura y la conciencia. No pude tener ningún contacto con mi familia en todo ese tiempo. En el juicio, incluso el presidente del tribunal me amenazó con más palizas varias veces, y expulsaron a mis abogados bajo presión.”
Saman fue detenido el 17 de julio de 201, tras un tiroteo entre la Guardia Revolucionaria y el grupo armado de oposición Partido por una Vida Libre en Kurdistán (PJAK), ocurrido en la ciudad de Sardasht, provincia de Azerbaiyán Occidental. Tras su detención, fue recluido en un centro del Ministerio de Información sin ningún acceso a su familia ni a un abogado.
No se informó de la detención a sus familiares, que se enteraron por un vídeo de Salman emitido por la televisión pública, en el que “confesaba” haber participado en actividades armadas contra el Estado. El sumario de la causa indica que durante el tiroteo murió un miembro de la Guardia Revolucionaria y resultaron heridos otros tres.
En enero de 2012, un tribunal revolucionario condenó a Saman a muerte tras declararlo culpable de “enemistad con Dios” y “corrupción en la tierra” por su presunta pertenencia al PJAK y su participación en actividades armadas contra la Guardia Revolucionaria.
Él se retractó en el juicio de su “confesión” y dijo que había disparado al aire, no contra la Guardia Revolucionaria. Explicó también que había sido torturado, pero el juez hizo caso omiso de ello y admitió su “confesión” como prueba. Se impidió a sus abogados hacer la defensa.
En agosto de 2012, el Tribunal Supremo anuló la condena de muerte y remitió la causa a un tribunal de primera instancia para que se celebrara un nuevo juicio por considerar que Salman era menor de 18 años en el momento de los delitos de los que había sido declarado culpable. Sin embargo, en abril de 2013 un tribunal penal lo condenó de nuevo a muerte. El Tribunal Supremo confirmó esta sentencia en diciembre de ese año.
Las autoridades de la prisión han comunicado verbalmente a Saman que su ejecución está prevista para el 19 de febrero. Amnistía Internacional tiene entendido que el 10 de febrero o hacia esa fecha lo visitó un médico en la prisión de Urmía, provincia de Azerbaiyán Occidental, donde se encuentra encarcelado. Se teme que este reconocimiento médico sea un examen previo a la ejecución.
“Irán debe poner fin de inmediato a su lamentable práctica de torturar a los detenidos para que ‘confiesen’ antes de condenarlos a muerte –ha añadido Hassiba Hadj Sahraoui–. Imponer la pena de muerte a alguien que era menor de edad en el momento del presunto delito va en contra del derecho internacional de los derechos humanos, que Irán se ha comprometido a respetar.”
Información complementaria
Según el Código Penal Islámico, la ejecución de personas menores de 18 años en el momento del delito está permitida si se aplica la figura de qesas(castigo equivalente al delito) o de hudud (delitos para los que hay penas preceptivas en el derecho islámico). Sin embargo, el artículo 91 del Código Penal Islámico no contempla la condena a muerte por los delitos a los que se aplican estas categorías de pena si la persona que era menor de edad en el momento de cometer el delito no comprendía la naturaleza de éste o sus consecuencias o si cabe dudar de sus facultades mentales.
El 2 de diciembre de 2014, el Tribunal Supremo dictó una “sentencia piloto” en virtud de la cual todas las personas condenadas actualmente a muerte por delitos presuntamente cometidos cuando eran menores de 18 años pueden elevar a este tribunal una petición de revisión judicial en aplicación de artículo 91 del Código Penal Islámico.
El uso de la pena de muerte contra personas menores de 18 años en el momento del presunto delito está estrictamente prohibido por el derecho internacional, concretamente por el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención sobre los Derechos del Niño, tratados que Irán ha ratificado.
Amnistía Internacional se opone a la pena de muerte en todos los casos sin excepción, con independencia de la naturaleza o las circunstancias del delito, la culpabilidad, inocencia u otras características de su autor y el método utilizado por el Estado para llevar a cabo la ejecución. La pena de muerte viola el derecho a la vida, proclamado en la Declaración Universal de Derechos Humanos, y es la forma más extrema de pena cruel, inhumana y degradante.