En respuesta a la decisión del Consejo de Estado hecha pública hoy, que establece que la Federación Francesa de Fútbol no tiene que cambiar su política discriminatoria que prohíbe de hecho la participación de las futbolistas musulmanas que lleven hiyab en partidos de fútbol de competición, Anna Blus, investigadora de Amnistía Internacional sobre los derechos de las mujeres en Europa, ha afirmado:
“La decisión profundamente decepcionante del Consejo de Estado hecha pública hoy afianza el racismo y la discriminación por motivos de género en el fútbol francés. La prohibición impuesta por la Federación Francesa de Fútbol de usar indumentaria de carácter religioso no sólo impide que las futbolistas musulmanas que lleven hiyab jueguen partidos de competición, sino que también viola su derecho a la libertad de expresión, de asociación y de religión”.“La decisión que se ha conocido hoy ignora la recomendación del magistrado ponente de poner fin a esta prohibición discriminatoria y menoscaba gravemente las iniciativas para que los deportes practicados por las mujeres sean más inclusivos. Significa que las mujeres musulmanas en Francia seguirán siendo objeto de un trato diferenciado respecto a otras jugadoras, lo que incumple claramente varias obligaciones internacionales del país en materia de derechos humanos.”
Founé Diawara, copresidenta del colectivo “Les Hijabeuses”, que presentó la demanda contra la Federación Francesa de Fútbol ante el máximo tribunal administrativo del país, ha declarado: “La decisión adoptada hoy es una oportunidad perdida para corregir un error que viene de lejos y dejarnos jugar, simplemente. Nuestra lucha no es política ni religiosa sino centrada en nuestro derecho humano a participar en los deportes. Muchas mujeres son excluidas cada fin de semana de los campos de fútbol en Francia únicamente porque llevan velo”.
Información complementaria
El artículo 1 del reglamento de la Federación Francesa de Fútbol, introducido en 2016, prohíbe que quienes juegan lleven “símbolos o indumentaria que manifiesten ostensiblemente una pertenencia política, religiosa o sindical” en las competiciones. Esta prohibición continúa vigente aun cuando la FIFA anuló su propia prohibición de llevar prendas que cubran la cabeza en el fútbol en 2014.
Un grupo de senadores ha intentado en repetidas ocasiones ampliar esta política a una ley nacional que se aplique a todos los deportes. En los debates parlamentarios sobre estas propuestas, los políticos han recurrido a una retórica incendiaria y a estereotipos ofensivos que estigmatizan a las mujeres musulmanas y con frecuencia condicionan su participación en los deportes comunitarios a limitaciones innecesarias y desproporcionadas de su derecho a la libertad de expresión, pensamiento, conciencia y religión.
En virtud del derecho internacional, la neutralidad y el carácter laico del Estado no son razones legítimas para imponer restricciones al derecho a la libertad de expresión y de religión o creencia, incluso mediante prohibiciones generales de símbolos religiosos y culturales. Toda restricción debe justificarse mediante hechos demostrables, no presunciones, especulaciones o prejuicios.
Los pañuelos y las prendas que cubren la cara que usan las personas musulmanas son instrumentalizados y estereotipados desde hace tiempo para demonizar a las mujeres musulmanas y homogeneizar la distinta relevancia que pueden tener para quienes los llevan o desearían llevarlos pero temen hacerlo o se les impide legalmente hacerlo en público. La reciente decisión del Consejo de Estado es un ejemplo más de cómo Francia impone supuestos y lugares comunes estereotipados sobre las comunidades musulmanas y los roles de género.