Por Alfonsina Peña Castro y Patricio Trincado Vera, activistas de Amnistía Internacional
Desde el 18 de octubre hemos sigo testigos de la protesta social de millones de personas en Chile y con esto, también hemos presenciado la terrible represión que han sufrido quienes han salido a las calles, cuestión que no es nueva para el pueblo mapuche. Hoy se cumple un año de la muerte de Camilo Catrillanca y faltando menos de dos semanas para el comienzo del Juicio Oral, persiste la indignación que experimentamos cuando supimos de su muerte a manos de agentes del Estado. Indignación porque el asesinato de Camilo fue un episodio más en la larga historia de abusos en contra del pueblo mapuche. Indignación porque su muerte da cuenta de años de discriminación manifestada en la brutalidad con la que distintos gobiernos han tratado la “cuestión mapuche” a través de la represión policial y la aplicación discriminatoria de la ley antiterrorista, lo que significó una sanción a Chile por Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Pero, ¿quién era Camilo Catrillanca? era un joven comunero mapuche de 24 años, perteneciente a la comunidad de Temucuicui, en la comuna de Ercilla. Camilo era además, activista de derechos humanos, tierra y territorio, que desde su infancia luchó por las reivindicaciones territoriales del pueblo mapuche y denunció la violencia policial en su comunidad.
Fue en un día como hoy. Un triste 14 de noviembre fue cuando nos enteramos de que Camilo había sido asesinado en un violento allanamiento efectuado por el grupo táctico de Carabineros de Chile, conocido como “Comando Jungla”. Su muerte nos dolió hace un año y hoy nos sigue doliendo.
Y nos duele porque el Estado tiene la obligación de garantizar los derechos humanos de las personas. Son múltiples los tratados internacionales que ha ratificado, destacando, por ejemplo, la Convención Americana de Derechos Humanos, que en su artículo 4 establece que nadie puede ser privado de su vida arbitrariamente. Esto es de suma relevancia, ya que la vida, en concepto de la Corte Interamericana de Derechos Humanos -y también en el nuestro- es un “pre-requisito” para el disfrute de todos los demás derechos, porque de no ser respetado, todos los demás carecen de sentido. No se puede suspender bajo ninguna circunstancia, ni en casos de guerra, peligro público u otras amenazas a la independencia o seguridad de los Estados. Cabe preguntarse ¿Qué implica para el estado el garantizar este derecho? Por una parte, que ninguna persona sea privada de su vida arbitrariamente; y por otra, que se adopten todas las medidas necesarias para proteger y preservar la vida de las personas. Consecuencia de ello, es que debe existir un sistema de justicia efectivo, capaz de investigar, sancionar y reparar toda privación de la vida por parte de agentes estatales o particulares.
¿Qué esperamos entonces desde Amnistía Internacional? En primer lugar, y en relación con el Juicio Oral, esperamos que se lleve a cabo un procedimiento en concordancia a las obligaciones internacionales del Estado en materia de derechos humanos, en el que se esclarezcan las circunstancias de la muerte de Camilo, así como las posteriores torturas que recibió el niño que lo acompañaba y que se apliquen sanciones proporcionales a la gravedad de los hechos. Asimismo, esperamos que el juicio sea llevado con la debida imparcialidad conforme a derecho, y se inhabiliten quienes correspondan, a efectos de garantizar un juicio justo.
Por último, instamos al Estado a dar cumplimiento a las demandas históricas de los pueblos indígenas, como el reconocimiento constitucional y su derecho a la autodeterminación, así como a poner fin a la violencia que se ejerce en su contra y terminar con la militarización que existe en las comunidades. Porque el legado de Camilo continúa vigente y es imperativo que casos como este nunca más vuelvan a repetirse. Se lo debemos.