Personal investigador de Amnistía Internacional Francia y la Fundación de Investigación Omega destapan la comercialización de material ilegal de tortura por empresas chinas en la feria de armas y seguridad Milipol
Los organizadores de la feria toman medidas contra las empresas implicadas
Las medidas adoptadas por los organizadores de la feria de armas Milipol contra empresas que comercializan material ilegal envía el contundente mensaje de que no se tolerará el comercio de instrumentos de tortura; así lo han manifestado Amnistía Internacional y la Fundación de Investigación Omega tras destapar que tres empresas chinas estaban promocionando materiales ilegales.
Los organizadores de Milipol autorizaron al personal investigador de Amnistía y Omega a hacer labores de observación en la feria para garantizar el cumplimiento de la normativa y llamar la atención de las autoridades sobre cualquier empresa que la incumpliera.
El personal descubrió que tres empresas vendían escudos antidisturbios con púas, grilletes lastrados y grilletes lastrados unidos a esposas.
Comexposium, entidad organizadora del evento, exigió a las empresas chinas que suprimieran las páginas correspondientes de los catálogos o los retiraran completos. Cuando una de las empresas, de propiedad estatal, se negó a hacerlo, su expositor fue clausurado.
“Acogemos con satisfacción la rapidez y eficacia con que han actuado los organizadores de la feria para evitar la promoción de artículos prohibidos por el reglamento contra la tortura de la UE,” ha manifestado Michael Crowley, investigador principal de la Fundación de Investigación Omega.
“Esto envía a todos los fabricantes y comerciantes de tales artículos el contundente mensaje de que su promoción no se tolerará en Milipol. La Comisión Europea debería elaborar unas directrices para los Estados de la UE y empresas que organizan ferias comerciales a fin de garantizar que el reglamento se aplica uniformemente en toda la región.”
La importación y exportación de una gran diversidad de materiales de tortura están prohibidas por la UE desde 2006 en virtud del reglamento contra la tortura de la UE. En 2019, la UE reforzó este reglamento prohibiendo la promoción y exhibición de materiales de tortura en ferias comerciales, y la lista de materiales prohibidos y controlados se amplió en 2025. Amnistía Internacional Francia y la Fundación Omega piden que, como mínimo, todos los organizadores de ferias de armas y materiales de seguridad adopten medidas análogas.
El equipo de Amnistía y Omega también descubrió que empresas brasileñas, israelíes y surcoreanas estaban promocionando drones equipados con lanzadores múltiples capaces de dispersar grandes cantidades de irritantes químicos. El reglamento contra la tortura de la UE prohíbe tales artículos cuando emiten “una cantidad nociva de agentes antidisturbios desde plataformas aéreas”. Por desgracia, no establece un umbral para determinar una “cantidad nociva”. Sin límites claros sobre lo que constituye una “cantidad nociva” de agentes antidisturbios, se corre el riesgo de que estos sistemas permitan cometer violaciones graves de derechos humanos y tengan un efecto disuasorio sobre el derecho a la protesta.
Amnistía Internacional y la Fundación Omega piden a la Comisión Europea que aclare este “umbral”, y a las autoridades francesas que determinen si los artículos expuestos en Milipol incumplen el reglamento.
El equipo de investigación también detectó otros materiales identificados como intrínsecamente abusivos por la relatora especial sobre la tortura, quien en sus informes de 2023 pedía a los Estados que prohibieran la fabricación, promoción y comercialización de 20 tipos de materiales para hacer cumplir la ley.
Entre los artículos encontrados en los expositores había porras eléctricas, pistolas paralizantes, guantes eléctricos, munición con múltiples proyectiles de impacto cinético y lanzadores múltiples de proyectiles de impacto cinético. Estos productos son comercializados por empresas de Brasil, China, Corea del Sur, Estados Unidos, Francia, India, Israel, Italia, Kazajistán, Macedonia del Norte, República Checa y Turquía. Algunos de los artículos identificados figuraban en catálogos repartidos en Milipol, y otros estaban expuestos directamente en los expositores de las empresas.
En su forma actual, el reglamento contra la tortura de la UE no prohíbe una diversidad de materiales intrínsecamente abusivos que Amnistía y Omega han pedido que se prohíban, como las armas de descarga eléctrica por contacto directo, los proyectiles múltiples de impacto cinético y los lanzadores múltiples.
Amnistía Internacional y la Fundación Omega han expresado su gran satisfacción por la ampliación reciente de la lista de artículos prohibidos y controlados en virtud del reglamento contra la tortura de la UE. No obstante, ambas organizaciones piden que el reglamento se refuerce aún más en consonancia con las recomendaciones de la relatora especial de la ONU en 2023. Como mínimo, la lista de artículos prohibidos según el reglamento contra la tortura de la UE debería incluir las armas de descarga eléctrica por contacto directo, las municiones que contengan proyectiles múltiples de impacto cinético y los lanzadores múltiples de proyectiles de impacto cinético. Tales cambios implicarían prohibir la promoción y comercialización de estos artículos en los 27 Estados miembros de la UE.
“Los hallazgos en la feria Milipol vuelven a poner de relieve la necesidad de un reglamento global. La UE tiene que reformar su reglamento contra la tortura para ponerlo en plena consonancia con las recomendaciones de la relatora especial de la ONU, pero no es suficiente la acción regional. Necesitamos con urgencia un tratado vinculante sobre el comercio sin tortura que prohíba los materiales para hacer cumplir la ley intrínsecamente abusivos en todo el mundo e imponga garantías de derechos humanos sobre el resto”, ha manifestado Marie Laure Geoffray, responsable de defensa de las libertades de Amnistía Internacional Francia.
Si desean más información, pónganse en contacto con presse@amnesty.fr
Información complementaria
Lista completa de los materiales intrínsecamente abusivos ofrecidos por empresas presentes en Milipol 2025, según observaciones del equipo de investigación de Amnistía Internacional y la Fundación de Investigación Omega:
Artículos prohibidos según el reglamento contra la tortura de la UE
Escudos antidisturbios con púas (China)
Dispositivos de inmovilización de piernas lastrados (China)
Dispositivos de inmovilización de piernas lastrados y unidos a esposas (China)
Artículos que deberían estar prohibidos según la relatora especial de la ONU contra la tortura y que el reglamento contra la tortura de la UE no prohíbe actualmente
Municiones y granadas de mano con múltiples proyectiles de impacto cinético fabricadas por empresas de Brasil, Corea del Sur, Estados Unidos, Francia, India, Israel, Italia, Kazajistán, Macedonia del Norte, República Checa y Turquía
Guantes de descarga eléctrica por contacto directo (Francia)
Porras de descarga eléctrica por contacto directo (China)
Pistolas paralizantes por contacto directo (China, Francia, República Checa)
Armas de proyectiles paralizantes con capacidad de contacto directo (Estados Unidos, Francia)
Lanzadores múltiples (Brasil, China, Corea del Sur, Francia, India, Israel)
Los gobiernos de los Estados miembros de la Unión Europea han adoptado el Reglamento nº 1236/2005 del Consejo (Reglamento de la UE contra la tortura) sobre el “comercio de determinados productos que pueden utilizarse para aplicar la pena de muerte o infligir tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes”. El reglamento entró en vigor el 21 de julio de 2006.
En aplicación del reglamento contra la tortura de la UE, está expresamente prohibido publicitar materiales prohibidos (Anexo 2) en exposiciones y ferias comerciales en la UE, y asimismo está prohibido reservar espacio y tiempo publicitario (incluso online) para tales artículos.
La lista ampliada y reforzada de artículos prohibidos y controlados figura en el Reglamento Delegado (UE) 2025/928 de la Comisión de 21 de mayo de 2025.
Versión consolidada: https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/HTML/?uri=OJ:L_202500928
En octubre de 2023, la relatora especial de la ONU sobre la tortura, Alice Jill Edwards, presentó ante la Tercera Comisión de la Asamblea General de la ONU un informe temático sobre el comercio mundial de armas, equipos y dispositivos utilizados por las fuerzas encargadas de hacer cumplir la ley y otras autoridades públicas que tienen la capacidad de infligir tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.(https://www.ohchr.org/es/documents/thematic-reports/a78324-thematic-study-global-trade-weapons-equipment-and-devices-used). En este estudio pionero, la relatora especial de la ONU identifica 20 categorías de materiales para hacer cumplir la ley intrínsecamente abusivos que deberían prohibirse y 22 categorías de materiales para hacer cumplir la ley que podrían usarse indebidamente para cometer tortura, y cuyo comercio debería estar sometido a un estricto control.


